STAFF/@michangoonga
La Ley Olimpia fue finalmente publicada en el Diario Oficial de la Federación, por lo que las penas de hasta 6 años de prisión para quienes compartan contenido íntimo y sexual sin consentimiento de la persona implicada entrarán en vigor desde este 2 de junio.
La titular de la Secretaría de Gobernación, Olga Sánchez Cordero anunció la publicación en el DOF a través de sus redes sociales, en donde señaló que refrenda su compromiso con la no violencia digital o mediática contra las mujeres.
“Refrendo mi compromiso de #NoMásViolenciaDigital o mediática. Hoy se publica en el @DOF_SEGOB el «Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal». https://bit.ly/3i791ac”, señaló la funcionaria.
Esta ley tiene tres artículos que señalan los tipos de violencia que serán castigados con esta.
El artículo 20 Quáter, que define violencia digital en la que se exponga o exhiba, transmite o comparta imágenes sin aprobación de la persona.
Mientras que el artículo 20 Quinquies, se refiere a los medios de comunicación o violencia mediática, los cuales no deben de promover estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra la muero la difusión
Y finalmente el artículo 20 sexies, en la que se indica que las víctimas de violencia digital o mediática tengan acceso de manera inmediata a la protección necesaria.