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Para dar cumplimiento a lo estipulado en el Reglamento de la Ley de Tránsito y Movilidad del Estado, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), mantiene labores permanentes para realizar el despolarizado de vehículos que cuenten con este aditamento; la multa equivale a 616 pesos.
Con la finalidad de garantizar la seguridad de la población en las 10 regiones del Estado, personal de la dirección de Tránsito y Movilidad de la Policía Michoacán realiza el despolarizado de las unidades que cuenten con este complemento.
De acuerdo al artículo 70 del citado Reglamento, se establece la siguiente:
“Ningún vehículo que circule en el Estado, podrá llevar aditamentos que obstruyan la visibilidad del conductor, o al interior del vehículo, salvo cuando éstos vengan instalados de fábrica”.
Quienes no acaten dicha disposición, serán acreedores a una sanción económica, la cual se encuentra estipulada la Ley de Tránsito en el artículo 98, fracción IV, inciso “E”.
- E) Por obstruir la visibilidad, obscureciendo los parabrisas mediante la colocación de objetos distintos a las calcomanías reglamentarias, la multa equivale a 5 UMAS, lo cual corresponde a 616 pesos.