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Penas Serán De Acuerdo A Las Edades Con La Aprobación Del Código De Justicia Para Adolescentes

STAFF / @michangoonga

Congreso del Estado MichoacánEl Pleno de la LXXII Legislatura aprobó el Proyecto de Decreto mediante el cual se expide el Código de Justicia Especializada para Adolescentes del Estado de Michoacán de Ocampo, elaborado por las Comisiones de Justicia y de Seguridad Pública y Protección Civil.

Al respecto, en una segunda lectura, los legisladores consideraron que una vez analizada la propuesta de primera lectura, determinaron que las modificaciones necesarias para dicho dictamen no son de fondo ni varían sustancialmente el contenido de cada artículo, sino que en su mayoría, tratan de precisiones jurídicas, de redacción y estilo.

Así, los parlamentarios refirieron que una nueva legislación en la materia, procura la operación de un sistema completo de adolescentes y su justicia, la cual responde no sólo a la oralidad, sino además a la transparencia de los procesos y el ajuste al nuevo sistema de justicia penal.

Al entrar este código en vigor, se propone la circunstancia de penas de acuerdo a las edades; así las personas comprendidas entre los doce y catorce años, no serán sujetos de perdida de la libertad ambulatoria; de los catorce a los dieciséis, la pena de privación de la libertad podrá ser de seis meses a cinco años; y de dieciséis a dieciocho hasta de siete años.

De este modo, era necesario crear el concepto de adulto joven, que son las personas de entre dieciocho años de edad hasta veinticinco, que hayan cometido un hecho ilícito comprendido en un tipo penal.

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