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Resolución relativa al juicio de amparo promovido por Ricardo Villagómez Villafuerte

STAFF/@michangoonga

En sesión ordinaria, se dio lectura a la resolución del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativas y del Trabajo del Décimo Primer Circuito de 31 de marzo de 2014, dictada dentro del amparo número 157/2013, relativo al juicio de amparo número 805/2012, promovido por Ricardo Villagómez Villafuerte.

El documento estipula la revocación de la sentencia reclamada, y ampara a Ricardo Villagómez Villafuerte contra el auto y autoridad, declarando insubsistente el acuerdo del 24 de octubre del 2012, aprobado por el Congreso del Estado.Resolución relativa al juicio de amparo promovido por Ricardo Villagómez Villafuerte

En ese sentido, el Congreso deberá pronunciar otro acuerdo en el que previamente a determinar si procede o no la petición de Ricardo Villagómez Villafuerte sobre su reelección en el cargo que desempeñaba, establezca el porqué es aplicable el segundo párrafo del artículo 80 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán.

Asimismo, en caso de que acuerde que la convocatoria para elegir nuevo consejero no fue oportuna, establezca las consecuencias inherentes a la misma, y  con plenitud de jurisdicción resuelva otra vez sobre la petición de reelección hecha por el solicitante del amparo.

La resolución fue turnada a las comisiones de Gobernación, Puntos Constitucionales, Justicia y Derechos Humanos para su estudio análisis y dictamen, observando los lineamientos establecidos en la ejecutoria respectiva.

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