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El Pleno del Congreso del Estado, aprobó reformar el artículo 60 y el artículo 123 de la Constitución Política de Michoacán, con la finalidad de que se implemente de manera permanente una coordinación sobre la seguridad ciudadana, misma que sea integral y atienda con los parámetros en derechos humanos; así mismo, atendiendo al principio de una Guardia Nacional de carácter civil.
En ese sentido, las y los diputados locales de la septuagésima cuarta legislatura, coincidieron en que la seguridad pública es una función del Estado en la que participan de manera responsable e igualitaria los tres órdenes de gobierno, con fines de proteger la vida, las libertades y la integridad de los ciudadanos, generando y preservando un orden público y paz social.
Las propuestas presentadas inicialmente por las diputadas y diputados proponentes en torno a este tema, se adecuan a fin de que se tenga una claridad y precisión desde la Constitución del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo en concordancia con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y leyes generales de la materia, con la intención de dar certeza jurídica.
Así pues, es importante manifestar que con esto también se pretende modificar que el Gobernador disponga de la Guardia Nacional y que está pueda pasar a otros Estados cuando así lo disponga el Titular del Ejecutivo Estatal y que a partir de la reforma constitucional a nivel federal en materia de la Guardia Nacional, se genere una coordinación de esfuerzos de acuerdo a las características del estado de Michoacán.
De igual forma se busca que de las facultades de los ayuntamientos en materia de seguridad, la Guardia Nacional coadyuvará con los elementos de la policía preventiva municipal; misma que atenderá a una coordinación y colaboración mediante celebración de convenios.