STAFF/ Marina Alejandra Martínez
Este viernes es la fecha límite para que las empresas cumplan con el pago del aguinaldo correspondiente, según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, la falta de cumplimiento puede derivar en multas superiores al medio millón de pesos.
El aguinaldo debe equivaler, como mínimo, a 15 días de salario y es un derecho irrenunciable de los trabajadores.
En caso de que no se otorgue, los empleados pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para presentar denuncias, o bien, recurrir a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para hacer valer sus derechos.
Las sanciones por incumplimiento van desde 5 mil 428 pesos como monto mínimo hasta 542 mil 850 pesos, dependiendo de la gravedad de la falta.
Los trabajadores tienen plena facultad para exigir el pago correspondiente directamente a sus patrones, lo que refuerza la protección de sus derechos laborales.