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En sesión virtual, por parte del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), y con unanimidad de votos por parte de los magistrados, vetó a favor de declarar la inexistencia de la denuncia por parte del partido Movimiento Regeneración Nacional (MORENA), la cual manifestó que el candidato de la coalición del PAN y el PRD a la presidencia municipal de Morelia, Alfonso Jesús Martínez Alcázar, utilizó el mismo color morado en su propaganda proselitista que formó parte de su campaña electoral 2021 al igual que en el 2015.
Morena, denunció ante las autoridades electorales que este tono de morado fue utilizado en la campaña electoral y por la misma contienda en el 2015, por parte en ese entonces siendo candidato independiente, Martínez Alcázar; y quien resultó el ganador por mayoría de votos a su favor por la misma alcaldía, para el período 2015-2018.
A su vez, este partido marronista, destacó en su denuncia que este color, originó confusión en la población al ir al sufragio el pasado 6 de junio de este año.
Y en respuesta a la denuncia presentada, el TEEM llevó a cabo dicha sesión el 29 de junio del presente para resolver este tema de acuerdo al Procedimiento Especial Sancionador con registro TEEM-PES 069/2021, este pleno resolvió: primero; declarar la inexistencia de las violaciones atribuidas al ciudadano Alfonso Jesús Martínez Alcázar en su carácter de candidato electo a la presidencia municipal del ayuntamiento de Morelia, y en segundo la inexistencia de las violaciones atribuidas al Partido Acción Nacional y al Partido de la Revolución Democrática por culpa y vigilando respecto a las conductas del candidato electo.
Se anexa dos párrafos del comunicado del TEEM que emitió este 30 de junio del 2021, con el título DECLARA TEEM INEXISTENCIA DE INFRACCIONES ATRIBUIDAS A ALFONSO MARTÍNEZ ALCAZAR:
El Partido MORENA interpuso Procedimiento Especial Sancionador en contra del candidato a Presidente Municipal del Ayuntamiento de Morelia postulado por la Coalición PAN-PRD por la supuesta utilización de colores similares a la campaña electoral del 2015 donde también fue electo como Presidente Municipal, así como en contra de dichos institutos políticos por culpa in vigilando, a propuesta del Magistrado José René Olivos Campos el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) en Sesión virtual voto a favor de declarar la inexistencia de las violaciones atribuidas a los denunciados.
Lo anterior, fundamentado en que, si bien se acreditó que la propaganda objeto de denuncia contenía el color morado, no se considera que tal circunstancia haya generado confusión entre el electorado, ya que, en la misma se encontraban los logotipos de los partidos postulantes, razón por la que no se acreditó la vulneración alegada, esto del análisis hecho a la cuenta TEEM-PES-068/2021.
Se agrega link de la sesión virtual del TEEM que se realizó en la plataforma YouTube: