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Con la finalidad de fomentar una cultura de respeto, así como evitar la generación de accidentes viales, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), hace un llamado a la sociedad, a conducir sus vehículos de manera responsable.
La SSP exhorta a la población a respetar lo dispuesto por el Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Michoacán, el cual en el Artículo 35. refiere a las siguientes faltas administrativas como motivo para la cancelación de la licencia:
Fracción I. Manejar bajo el efecto de drogas, enervantes o psicotrópicos y se provoque un accidente de tránsito.
Fracción II. Conducir en estado de ebriedad y que se provoque un accidente de tránsito.
Fracción III. Cuando al titular le sobrevenga una enfermedad que lo imposibilite permanentemente para conducir.
A quienes hagan caso omiso se les cancelara su licencia, asimismo, serán acreedores a una multa correspondiente a 30 UMAS, lo cual equivale a 3 mil 696 pesos.