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El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó modificaciones a la Ley General de Salud en Materia de Sobrepeso, Obesidad y Etiquetado Frontal de Advertencia de Alimentos y Bebidas no Alcohólicas, que obligará a las empresas a un etiquetado frontal donde se destaque si el producto es alto en contenido de azúcares añadidos, grasas saturadas, sodio y calorías.
La propuesta, que recibió 445 votos a favor y tres abstenciones, sin votos en contra de los legisladores, indica que busca convertirse en un mecanismo que permitan alertar a la población sobre los riesgos de consumo de alimentos no recomendados para la salud, en particular, para proteger a los niños y adolescentes del estímulo al consumo de dichos productos.
Obliga la industria de alimentos a incluir un sistema de información nutricional para indicar los productos que excedan los límites máximos de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, grasas trans, y sodio añadido,
Además, se establece que sea claro y no engañoso, para alertar a la población sobre el contenido excesivo de dichos elementos, que, considera el dictamen aprobado, son perjudiciales para la salud.
Las modificaciones a la Ley General de Salud señalan que las etiquetas o contraetiquetas para los alimentos y bebidas no alcohólicas, deberán incluir información nutrimental de fácil comprensión, veraz, directa, sencilla y visible.
“El etiquetado frontal de advertencia deberá hacerse en forma separada e independiente a la declaración de ingredientes e información nutrimental, para indicar los productos que excedan los límites máximos de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, sodio y los demás nutrimentos críticos e ingredientes que establezcan las disposiciones normativas competentes”, señala.
El dictamen aprobado por los diputados pasará ahora al Senado para su análisis, votación y en su caso, ratificación.