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Con 35 votos a favor, el Congreso local de Oaxaca aprobó las reformas al Código Penal estatal para sancionar los delitos de violencia digital con hasta 8 años en prisión, y con una multa de 84 mil 490 pesos a 168 mil 980 pesos.
Los artículos 249 y 250 del Código ahora tipificar el delito de intimidad sexual contra quien por cualquier medio divulgue, comparta, distribuya, publique y/o solicite imágenes, audios o videos de una persona desnuda parcial o totalmente de contenido íntimo, erótico o sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima.
Con esta reforma, Oaxaca se convierte en el décimo estado en sancionar la violencia digital. La iniciativa fue presentada por el Frente Nacional para la Sororidad, a través de la activista Olimpia Coral Melo; y de las diputadas Hilda Pérez Luis, Aleida Serrano Rosado y Elim Antonio Aquino; así como los diputados Arsenio Mejía García y Noé Doroteo Castillejos.
En #Oaxaca se aprobó nuestra reforma. Se convirtió ya en el estado número 10 en escucharnos
Gracias querida diputada @HildaLuis_ por todo su respaldo, apoyo y lucha en equipo. pic.twitter.com/oui0BEZxO4— OlimpiaCoral (@OlimpiaCMujer) 10 de julio de 2019
De acuerdo al dictamen aprobado, las sanciones que van de 4 a 8 años en prisión, aumentarán hasta en la mitad del máximo cuando el delito sea cometido por el cónyuge o por persona con lazo de afectividad con la víctima.
Lo anterior también aplicará cuando exista relación laboral, social o política, así como cuando se cometa en contra de una persona que, por su situación de discapacidad, vulnerabilidad social y con menores de 18 años.