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La Secretaría de Educación Pública (SEP) ha publicado un nuevo acuerdo, en el que se establecen puntos generales para la evaluación del aprendizaje, acreditación y certificación en educación básica como que primero y segundo de primaria “se acreditan con el solo hecho de haber cursado el grado correspondiente”, es decir, se aprobará solo asistiendo a clases.
El acuerdo anterior señala que para el primer grado de primaria el requisito mínimo para acreditar era cumplir con el 80% de asistencia. Sin embargo, ya en segundo de primaria, los requisitos para acreditar, además de la asistencia, eran tener calificaciones aprobatorias en Lengua Materna y Matemáticas.
El nuevo acuerdo únicamente establece como requisito “haber cursado el grado correspondiente”, elimina el punto que señalaba que “el alumno podrá ser retenido en segundo grado de primaria por una sola vez, cuando el docente determine que no logró los aprendizajes esperados de Lengua Materna y/o Matemáticas”.
A nivel preescolar el acuerdo permaneció intacto, el único requisito es cumplir con al menos 80% de asistencia.
Respecto a tercero, cuarto y quinto grados de primaria, en el acuerdo anterior se pedía para acreditar, además de la asistencia, calificaciones aprobatorias en Lengua Materna y Matemáticas, promedio general de 6 y nivel de desempeño mínimo de II.
Con el nuevo acuerdo basta un promedio final en cada grado escolar mínimo de 6, y con calificación aprobatoria en al menos 6 asignaturas.
En cuanto a nivel secundaria, el límite pasó de 4 a 5 asignaturas reprobadas, del área de Formación Académica para que un alumno repitiera el grado escolar.
De acuerdo con la SEP, los procesos de evaluación tienen “una finalidad formativa, al constituirse en la fuente de información para el mejoramiento de la práctica educativa y del esfuerzo de los estudiantes, siendo prioridad de la tarea docente hacer que éstos participen con interés en diversas experiencias educativas”.