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Congreso Del Estado Burocratiza Juicio Político Contra Presidenta Del IMAIP: Sergio Báez Torres

El juicio presentado por ciudadano al congreso estatal aún no llega a las comisiones.

STAFF/90 Grados/Alianza Multimedios Michoacán(AMMI)

El juicio político presentado por un ciudadano al congreso estatal desde el pasado 8 de febrero, en el que expone diversas ilegalidades jurídicas cometidas por Areli Yamilet Navarrete Naranjo en la presidencia del IMAIP, aún no llega a las comisiones, de acuerdo con el presidente de la comisión de gobernación, Sergio Báez Torres.

Tal como se publicó en esta agencia de noticias el juicio presentado contra la actual comisionada presidenta de este organismo es porque desde el 1° de octubre del 2018 ocupa fuera de la ley este cargo en el Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IMAIP) y en el que aparentemente se han registrado acciones irregulares.

Asegura que el documento de inconformidad no le ha llegado “no sé si el área jurídica del congreso ya tenga conocimiento, pero yo todavía no lo tengo”. Al preguntarle si la comisionada presidenta realiza sus funciones de manera ilegal ¿qué procedería?, el legislador respondió que habría que revisar en qué condiciones viene el recurso y en relación al planteamiento que hace, actuar “hay un marco regulatorio que está estableciendo las atribuciones de cada uno de los elementos que conforman este organismo”.

Báez Torres mencionó que a partir de que se recibe este documento habrá que esperar ocho días hábiles “allí vamos a revisar y ver qué pasa”.

De acuerdo a lo publicado por esta agencia se destaca que “las diferentes determinaciones que se realizaron al interior del Pleno del Instituto de Transparencia el 27 de septiembre 2018, se violó la Constitución del Estado de Michoacán, así como la Ley de Transparencia local en su artículo 107, último párrafo que a la letra dice: encontrándose designada la mayoría de los comisionados procederán a nombrar mediante votación simple a su presidente, mismo que permanecerá con ese carácter durante el tiempo de su encargo; de no lograrse la votación anterior, en un plazo no mayor a 30 días deberá notificarse al congreso del estado, quien nombrará de entre los comisionados a quien funja como presidente”.

Esto no es cuestión de interpretación, la ley es tajante “quien sea presidente deberá ser lo por todo el periodo que sea comisionado y es irrenunciable”. En este caso el entonces presidente Daniel Chávez, debió de renunciar no hacer comisionado presidente, si no hacer comisionado y no ante el pleno del IMAIP, quien no tiene facultades para recibir renuncias al cargo, es una facultad exclusiva del Congreso del Estado quien revisa y autoriza que en forma fundada y motivada se renuncie al cargo Constitucional de comisionado del IMAIP y entonces si las dos comisionadas restantes podrían proceder a nombrar entre ellas a la nueva presidenta del Órgano autónomo., es a todas luces una ilegalidad y al darse cuenta los propios miembros del pleno del IMAIP de la falta grave, Daniel Chávez termino renunciando al Cargo ante el Congreso del Estado días después para tratar de subsanar un poco la violación consumada por el pleno y que pasara desapercibida, pero el fondo no se resolvió que es la ilegalidad jurídica que persiste porque Areli Yamilet Navarrete Naranjo sigue fungiendo con atribuciones de presidenta, por encima de la Ley de Transparencia.

Con Info: 90 Grados

 

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