STAFF/@michangoonga
Ahora que acaba de pasar el 29 de febrero muchos bromeaban sobre si ese día se les habría de tomar en cuenta dentro de su quincena, aunque muchos respondieron que obviamente eso no era posible pues febrero de entrada es un mes incompleto sin embargo se pagan dos quincenas completas.
No obstante, ¿sabías que en este país se trabajan hasta cuatro días gratis al año y que en este 2016 que es bisiesto se sumará formalmente una jornada extra más sin pago alguno?
Ello a partir de que la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que cuando los trabajadores están contratados con un salario mensual –como es la mayoría de los casos–, el pago se divide en dos partes iguales –en quincenas– sin que esto obligue a las empresas a entregar una remuneración extra cuando el mes tenga 31 días.
Dicha disposición se sustenta en la tesis de jurisprudencia, emitida –el 15 de agosto de 2007– por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual resolvió que, de acuerdo a los artículos 82, 83, 88 y 89 de la LFT, cuando el salario del trabajador se fija de forma mensual, no existe razón para aumentar el correspondiente al día treinta y uno.
«Por lo que –el día extra– debe considerarse incluido en la remuneración mensual, ya que tal pago no se hace en atención al número de días trabajados, sino a la unidad de tiempo: ‘mes'»; mismo que aplica para todos los 12 meses del año, «no obstante la diferencias de días de cada uno de ellos».
Previendo lo anterior, los trabajadores en Méxicos laboran seis quincenas –formales– integradas por 16 días cada año, correspondientes a la segunda parte de los meses de enero, marzo, mayo, agosto, octubre y diciembre.
No obstante en cada segunda quincena de febrero sólo laboran 13 días y reciben el pago de 15; de tal suerte que al restar estos últimos dos días no trabajados –pero pagados por las empresas– de los seis adicionales correspondientes a los meses que tienen 31 días, en términos reales los mexicanos trabajan cuatro jornadas gratis cada año.
Pero como este año febrero trajó 29 días, por ser un año bisiesto, la cuenta se eleva a cinco días efectivamente trabajados sin que haya una remuneración real, porque la Ley del Trabajo sólo reconoce que cada mes tiene 30 días que deben cubiertos con la remuneración correspondiente.
*Con info de publimetro.mx