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José Gerardo P., el ex periodista coahuilense detenido por la muerte de Satya L. fue vinculado a proceso por el delito de feminicidio, así lo determinó la jueza de oralidad: María de la Soledad López Ortiz, después de conocer los datos de prueba tanto de la Fiscalía como de la defensa.
La noche del miércoles anterior concluyó la continuación de la audiencia inicial en torno al caso, misma que se realizó en la Sala de Oralidad Número 7 del Poder Judicial de Michoacán.
Durante la audiencia, los abogados del imputado expresaron que su representado haría efectivo su derecho a declarar. Entonces la juzgadora procedió a darle la palabra al indiciado, no sin antes aclarar que si bien las audiencias del Nuevo Sistema de Justicia Penal son públicas, el sistema también exige garantizar la dignidad de la víctima directa o indirecta, por lo que solicitó al público asistente desalojar la sala en tanto el hombre ofertaba su declaración.
Fue así que después de escuchar la versión de los hechos por parte de José Gerardo la Fiscalía solicitó en términos de lo dispuesto por los artículos 117, 120 (fracción II) y 122 del Código Penal de Michoacán, la modificación de la calificación jurídica del delito atribuido al imputado, modificándolo de homicidio calificado a feminicidio.
Aunado a lo anterior, la representación social señaló que lo relatado por el indiciado no coincide con la teoría del caso que está basada en diversos dictámenes e informes periciales, los cuales argumentan que los motivos del fallecimiento de la víctima no fueron por causas naturales como afirmó el arrestado.
Por su parte, la defensa se opuso a la petición planteada por el Ministerio Público y pidió que el delito fuera calificado como homicidio culposo, esto debido a que nunca fue intención de su representado, afirmó, el privar de la vida a Satya. En este tenor, los abogados del imputado solicitaron la exclusión de responsabilidad para su cliente.
Luego de escuchar a ambas partes, la jueza de oralidad procedió a resolver la situación jurídica del indiciado y subrayó que existen indicios razonables que permiten suponer la comisión de un delito atribuido a éste.
También hizo énfasis que de la declaración ofrecida por el detenido se desprenden líneas a indagar que deberán solucionarse en la etapa de investigación complementaria, misma que corresponde a la Fiscalía al igual que cumplir con la carga probatoria.
María de la Soledad López validó los argumentos jurídicos de la representación social para modificar la calificación jurídica del delito y así, a las 21:57 horas la jueza vinculó a proceso al aprehendido, esto por el delito de feminicidio e impuso la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa por el ilícito en cuestión. Por consenso de ambas partes, se determinó que el plazo de la investigación complementaria fuera de cuatro meses y concluirá el próximo 30 de marzo de 2017.