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Se ha cerrado el capítulo donde se exime a los conductores Javier Alatorre y Joaquín López Dóriga de haber violado la ley o alterado la pauta electoral.
Esto lo dio a conocer la sala regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, indicando que las conductas de los comunicadores y de sus respectivas empresas se ubicaron dentro de los márgenes constitucionales y legales permitidos, pues solo ejercieron su libertar de expresión.
Durante la sentenció, se recordó que está prohibido afectar el modelo de comunicación política -consistente en la difusión gratuita de spots de los partidos, administrados en exclusiva por el INE- con alteración, manipulación, superposición de mensajes, como lo son las llamadas cortinillas, mismas que se han prohibido por el TEPJF.
Sin embargo, las opiniones vertidas el 13 y 14 de febrero no son cortinillas, destacaron al pronunciarse por maximizas el ejercicio de los derechos.
Los conductores relaciones con estos hechos son los siguientes:
Además de López-Dóriga y de Alatorre expresaron ese tipo de comentarios los también conductores Jorge Zarza y Carolina Rocha.