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La SCJN Determina Que Mujeres De Uriangato E Ixtaltepec No Pueden Abortar

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Las mujeres que vivan en los municipios de Ixtaltepec, Oaxaca y Uriangato, Guanajuato no podrán abortar. Así lo ha determinado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declaró infundadas las controversias constitucionales interpuestas por dichos municipios contra sus Congresos locales por establecer que el ser humano tiene derecho a la vida desde el momento de la fecundación.feto embarazo

Fue en sesión del pleno mediante votación  mayoritaria que los ministros consideraron que tales modificaciones no afectan las atribuciones de los municipios en competencia de materia de salud, salud sexual, salud reproductiva y atención en casos de violencia de género.

Y es que apelando a estos motivos, ambos municipios acudieron en su momento a la SCJN para que resolviera los casos en vía de controversial constitucional, la cual han perdido, por lo que en consecuencia, al ser declaradas infundadas las controversias 104 y 62 del 2009, las normas que protegen la vida de una persona desde que el óvulo es fecundado se mantendrán vigentes en dichos municipios.

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