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Necesario Que Derechos Humanos Alce La Voz Sobre Protección A Turistas En Michoacán: Activista

Colaboración especial de Mtro. Gerardo A. Herrera Pérez

A casi dos semanas de la desaparición de tres jóvenes defeños que fueron secuestrados en Paracho, las autoridades michoacanas no han dado avance alguno de investigaciones. Este sábado comienza el Festival Internacionald e la Guitarra en ese misma comunidad, y es importante recordar.

Hace unas semanas precise la importancia de que la Ley de Turismo de Michoacán instrumentara las acciones previstas de protección al turismo cuando estos sufrieran la comisión de alguna delito; adicionalmente, hoy sumo las acciones que tiene que realizarse en el marco de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.

Esta última tiene por objeto establecer la cooperación entre la Federación y las Entidades Federativas para instrumentar las Medidas de Prevención, Medidas Preventivas y Medidas Urgentes de Protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de la defensa o promoción de los derechos humanos, y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo.

Y es que es el caso de los jóvenes que desaparecieron en Paracho, Michoacán, tres integrantes del Movimiento Ciudadano del Distrito Federal; según se sabe se ignora del paradero de estos jóvenes, que asistieron al Festival de Globos de Cantoya, para participar en eventos de capacitación sobre los globos.

Los jóvenes Luis Enrique Castañeda Nava, de 28 años; Diego Antonio Maldonado, de 26, y Ana Belem Sánchez, arribaron a Paracho desde el sábado 21 de julio, ellos, expresan los medios de comunicación, son miembros integrantes del Movimiento Ciudadano.

A través de los medios de comunicación sabemos que las tres personas, son originarios de la delegación Tlalpan del Distrito Federal.

Hoy, el nuevo marco jurídico, la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, prevé acciones para la protección de los defensores de los derechos humanos, y no solo de éstos, sino como lo menciona la Ley en comento de sus familiares.

Por ello, sería conveniente, que las autoridades de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos en el marco de esta legislación y en coadyuvancia a la CNDH, realizaran exhortos a las autoridades para dar pronto con su paradero.

De igual manera el Capítulo VIII, de las Medidas de Prevención, prescribe en sus Artículos 41 que la Federación y las Entidades Federativas en el ámbito de sus respectivas competencias deberán desarrollar e implementar Medidas de Prevención; en tanto que en el artículo 44, expresa que la Federación y las Entidades Federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias promoverán el reconocimiento público y social de la importante labor de las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, para la consolidación del Estado Democrático de Derecho, y condenarán, investigarán y sancionarán las agresiones de las que sean objeto.

Esperamos que pronto podamos saber sobre el paradero de estas personas, así como de las acciones que están realizando las autoridades para cumplir con las normativas autorizadas tanto federales como locales.

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